Un hombre que reside en Puebla promovió y ganó un amparo que le permite casarse con dos mujeres, pues el Juzgado Federal con sede en San Andrés Cholula que resolvió a su favor consideró discriminatorio excluir de la ley las relaciones poliamorosas.
El quejoso promovió el juicio de amparo 1227/2020 en diciembre de ese año reclamando los artículos 294 y 297 del Código Civil del estado; el primero hace referencia al matrimonio como un contrato civil y el segundo, al concubinato como unión voluntaria.
El Poder Judicial de la Federación admitió la demanda de amparo bajo el argumento de que los artículos citados “excluyen las demás preferencias sexuales”. Una de ellas, según la sentencia, son las relaciones compuestas por más de dos personas de forma simultánea, conocida comúnmente como “relaciones poliamorosas”.
“(…) el quejoso manifiesta tener inclinación y preferencia a mantener relaciones amorosas y afectivas con varias personas de forma simultánea, con el consentimiento de todos los involucrados”, señala el documento.
Para dicho Juzgado, no hay ninguna justificación para que las leyes de Puebla excluyan las relaciones poliamorosas, situación que representa una “discriminación indirecta”.
“Las consideraciones expresadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nacional obligan a reconocer que las relaciones sentimentales entre varias personas, con pleno conocimiento, se encuentran en una situación equivalente a las relaciones de pareja del mismo o diferente sexo. Al estar conformadas por seres humanos, es injustificada su exclusión de dichas instituciones civiles”.
De tal forma, el 21 de mayo de 2021, se resolvió amparar y proteger al hombre que promovió el juicio.
Esta sentencia causó controversia y dividió opiniones en redes sociales, pues hay quienes consideran que se trata de un paso importante en un estado tan conservador como lo es Puebla, pero otras personas dudaron del cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades con cada familia