Hasta julio de 2022, iban mil 514 denuncias por ciberacoso en Puebla, de las 77.6 por ciento (mil 175) fueron de mujeres.
Ambas Manos solicitó a la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) conocer el número de carpetas de investigación abiertas por dicho delito tipificado el 4 de abril de 2019.
En respuesta, el organismo autónomo señaló que, hasta julio del año pasado, había mil 514 denuncias desglosadas de la siguiente manera:
Del 18 de abril a diciembre de 2019, 400 en 2020, 696 en 2021 y 400 hasta julio de 2022.
De esas, mil 175 denuncias las presentaron mujeres: 16 en 2019, 303 en 2020, 550 en 2021 y 306 de enero a julio de 2022.
Lo anterior quiere decir que sólo 22.4 por ciento de las denuncias las interpusieron hombres.
Denuncias de ciberacoso y delitos contra la intimidad sexual
De acuerdo con el Código Penal de Puebla, el ciberacoso lo comete quien hostigue o amenace por medios de las nuevas tecnologías de la información y telecomunicaciones, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital.
La pena es de 11 meses a tres años de prisión y una multa de 50 a 300 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Este 2023, la sanción va de los 5 mil 187 pesos a los 31 mil 122 pesos.
Mención aparte es la Ley Olimpia, cuyo nombre oficial es el de delitos contra la intimidad sexual. Se tipificó en diciembre de 2018.
La información pública de la FGE reporta que, desde enero de 2019, al cierre de 2023, iban 816 denuncias de mujeres.
Sólo en enero de 2023, 17 mujeres acudieron a la Ley Olimpia en ocho municipios de Puebla. Es decir, 10 por ciento menos que en el mismo mes de 2022.
Este delito lo comete:
- Quien comparte, distribuya o solicite la imagen de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido erótico sexual, por cualquier medio ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima.
- Divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite por cualquier medio el contenido íntimo o sexual, sin el consentimiento de la víctima.
La sanción es de 3 a 6 años de prisión y una multa de mil a 2 mil veces el valor diario del UMA, que este 2023 sería de 103 mil 740 pesos a 207 mil 480 pesos.
Ambos se consideran delitos sexuales. También serán sancionados con 4 y hasta 14 años de prisión los que tuvieron conocimiento de que tales delitos se cometieron contra menores de edad.
Extorsión, otro delito que puede caer en lo sexual
Aunque no es un delito sexual, la FGE de Puebla también informó que, de enero de 2019 a diciembre de 2021, inició 454 carpetas de investigación por extorsión.
De ese total, 19 derivaron de amenazas a las víctimas por difundir contenido sexual.