El Congreso de Puebla aprobó por unanimidad la Ley para la Declaratoria Especial de Ausencia. Las familias de personas desaparecidas podrán tramitar un documento para hacer procedimientos legales a nombre de la víctima.
Con 32 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, fue aprobada esta iniciativa de creación de ley hecha por la Junta de Gobernación y Coordinación Política (Jugocopo). Su aprobación se dio este 30 de agosto, fecha en que se conmemora el Día Internacional de las Personas Desaparecidas.
La Declaratoria Especial de Ausencia es un documento que la familia de una persona desaparecida podrá solicitar a un juzgado familiar para garantizar la continuidad de la personalidad jurídica.
Es decir, será un instrumento para que los familiares de personas desaparecidas puedan promover trámites, como guarda y custodia o pensión alimenticia.
Con ello garantizarán la continuación de trámites de seguridad social, hipotecas o créditos en instituciones como el Infonavit o Issstep.
Puebla aprueba Ley Declaratoria Especial Ausencia por orden judicial
Esta aprobación se logró porque el 28 de septiembre de 2023 la Juez Cuarta de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales dictó una sentencia.
Esto, al resolver el juicio amparo indirecto 1129/2023-IV por la omisión legislativa por parte del Congreso local de emitir y armonizar la legislación.
Una ciudadana llamada “Maru”, cuya hija desapareció en 2021, estaba afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La señora pidió el servicio médico para su nieta, pero no se pudo porque no era la madre de la niña. Tramitó el amparo que ganó, con lo que logró que la niña pueda recibir la atención que necesita.
Este viernes Puebla se unió a los estados que tienen esta ley, como Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila y Colima. Así como Estado de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León, San Luis Potosí, Veracruz y Zacatecas.
El @CongresoPue aprobó la creación de la Ley para la Declaratoria Especial de Ausencia por Desaparición de Persona; dará certeza jurídica a las familias de desaparecidos.#AmbasManos | @Paola_Macuitl https://t.co/TRpUdP94CX pic.twitter.com/YgZHg1WHDg
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El procedimiento para solicitar la Declaración Especial de Ausencia podrá hacerse a partir de los tres meses de que se haya hecho la denuncia.
La Fiscalía Especializada y la Comisión Estatal de Búsqueda facilitarán el formato correspondiente. La solicitud de Declaración Especial de Ausencia deberá incluir la siguiente información:
- Nombre, parentesco o relación de la persona solicitante con la persona desaparecida y sus datos generales.
- Nombre, fecha de nacimiento y el estado civil de la persona desaparecida.
- Número de la averiguación previa, la carpeta de investigación, o acta circunstanciada del reporte o del expediente de queja o un procedimiento. (Opcional).
María Luisa Núñez, fundadora del colectivo Voz de los Desaparecidos, declaró que en seis años que llevan marchando el 30 de agosto, hoy ha sido la mejor fecha. La ley, dijo, es muy importante y ayudará a que muchas familias resuelvan pendientes.
María Luisa Núñez fundadora de @VozdelosDesapa celebra la aprobación de la Ley para la Declaración Especial de Ausencia, destaca que al ser 30 de agosto Día de las Víctimas de Desaparición Forzada, es uno de los 30 de agosto menos complicados.#AmbasManos https://t.co/TRpUdP94CX pic.twitter.com/Q2D6GxyfJ0
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Ibero Puebla vigilará entrada en vigor y funcionamiento de la ley
El Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, SJ de la Ibero Puebla se pronunció sobre esta aprobación. A través de un comunicado, reconoció a quienes integran la LXI Legislatura por trabajar en favor de las demandas y necesidades de la población
También mencionaron que se mantendrán atentos a la publicación, entrada en vigor y funcionamiento de esta nueva legislación para que garantice a las víctimas y sus familiares derechos civiles, patrimoniales, laborales, entre otros.