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Proponen reconocer la “sextorisión” en Puebla como un tipo de violencia contra las mujeres 

Proponen reconocer la “sextorisión” en Puebla como un tipo de violencia contra las mujeres 

Ilustración de víctima de violencia digital.

Cinco diputados de Morena propusieron al Congreso reconocer la “sextorsión” en Puebla como un tipo de violencia contra las mujeres.

Se trata de los diputados Daniela Mier Bañuelos, Angélica Cervantes González, Yolanda Gámez Mendoza, Carlos Evangelista Aniceto e Iván Herrera Villagómez. 

Los legisladores propusieron modificar la Ley Para el Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia estatal. 

Buscan agregar un párrafo al artículo 22 Bis de dicho ordenamiento: 

También se considera violencia digital a la acción de amenazar, chantajear, coaccionar o extorsionar a una persona mayor de edad con exponer, distribuir, difundir, exhibir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartir imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de su persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización, esto con el objetivo de obtener un lucro o beneficio”. 

Los diputados explicaron que además de la violencia física y sexual, existen otros tipos de violencia contra las mujeres como la violencia económica, psicológica o patrimonial. 

Sin embargo, con la llegada del internet y los dispositivos móviles inició la violencia digital contra las mujeres, por lo que es necesario legislar en la materia. 

De acuerdo con ONU Mujeres, alrededor de 9.4 millones de mujeres sufren ciberacoso en México, en su mayoría, tienen entre 18 y 30 años.

Ley Olimpia en Puebla, antecedente de la “sextorsión”

En Puebla se castiga a quien comparte, distribuye o solicita la imagen de una persona desnuda parcial o totalmente si se trata de contenido erótico o sexial, se le denomina “Ley Olimpia”. 

Desde 2018 adicionaron al Código Civil del estado los delitos contra la intimidad sexual. 

Este tipo de delitos se castigan con tres a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir de 96 mil 220 a 192 mil 440 pesos. 

En marzo de 2019, se agregó el artículo 278 Nonies, en materia de ciberacoso, contra quien amenace en redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital y cause un daño en la dignidad personal, o afecte la seguridad de las personas. 

La multa por este delito es de 11 meses a tres años de prisión. Así como de 50 a 300 días del valor diario de la UMA, que va de 4 mil 811 a 28 mil 866 pesos.  

La iniciativa de los diputados morenistas fue turnada a la comisión de Igualdad de Género para su análisis y resolución. 

En caso de aprobarse, entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).

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