El Tepjf desechó la sanción impuesta por el TEEP contra el diputado local de Morena Carlos Evangelista Aniceto por nepotismo en las elecciones de 2021.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) resolvió el caso SUP-JDC-1462/2022 a cargo del magistrado Felipe Mata Pizaña.
En el proyecto de sentencia se propuso declarar incompetente al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que resolvió que hubo nepotismo por parte del diputado.
El caso llegó al tribunal local luego de que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) absolvió en varias ocasiones a Carlos Evangelista.
Quienes emitieron las denuncias ante el órgano del partido fueron el exdiputado local suplente Eduardo Gandur Islas y la militante Sabina Martínez Osorio.
Consideraron que Evagelista Aniceto, al ser integrante de la Comisión Nacional de Elecciones (CNE) de Morena, habría favorecido a su hermano y su esposa.
Señalaron que violó los estatutos al favorecer a Julieta Kristal Vences Valencia. Ella buscó la reelección como diputada federal del distrito 8 de Ciudad Serdán.
Además, estimó que benefició a Juan Manuel León Evangelista, quien fue candidato a presidente municipal de General Felipe Ángeles.
Pese a las negativas de la CNHJ para sancionar el supuesto nepotismo, el TEEP resolvió que debía sancionar al diputado con una amonestación privada.
TEEP era incompetente para resolver queja contra Carlos Evangelista por nepotismo en elecciones
Sin embargo, este miércoles el Tepjf propuso que el TEEP es incompetente para atender el caso pues también corresponde a las autoridades federales.
Lo anterior, porque los hechos denunciados tienen relación con la candidatura a una diputación federal, en el caso de Vences Valencia.
Además, señalaron que la CNHJ omitió realizar los requerimientos necesarios para acreditar los hechos denunciados, por lo que revocó su resolución.
Los magistrados Inldarfer Infante González, Felipe de la Mata Pizaña, Janine Otálora Malassis y José Luis Vargas Valdéz avalaron la sentencia.