Tras la aprobación de la reforma al Poder Judicial, el Congreso de Puebla ya trabaja en la creación de las leyes secundarias para que inicie el nuevo funcionamiento del sistema de justicia.
Este lunes fue publicada la reforma en el Periódico Oficial del Estado (POE), el Congreso tendrá 120 días para formular los ordenamientos que le darán sustento al nuevo funcionamiento del Poder Judicial.
En la publicación, además se declara la constitucionalidad de la reforma, misma que debía ser aprobada por más del 50% de los ayuntamientos del estado.
Por ello, se dio cuenta de que aceptaron esta reforma 190 de los 217 municipios que conforman el estado de Puebla.
Al respecto, el diputado Sergio Salomón Céspedes Peregrina, presidente del Congreso local, dijo que podría tratarse de una mayoría histórica.
Además de que ya se preparan para la creación de las leyes secundarias de todos los nuevos organismos. Aseguró que se tendrán que destinar más recursos para este nuevo funcionamiento.
“(Las leyes secundarias son para esclarecer) cómo se asumen los tribunales especializados, cómo va a empezar a trabajar el Consejo de la Judicatura, cuáles van a ser las funciones de este nuevo paradigma de la justicia”.
Asimismo, comentó que la reforma al Poder Judicial estará en funcionamiento al 100% en menos de dos años.
¿En qué consiste la reforma al Poder Judicial?
La reforma contempla que el Consejo de la Judicatura será responsable de iniciar y resolver procesos contra los magistrados. Lo podrá hacer por obstrucción a la ley o por conflicto de interés.
Una vez que el Consejo falle, enviarán el dictamen al Congreso de Puebla para que determine la sanción que podría ser la destitución del magistrado.
También establece la Sala Constitucional que vigilará que las acciones o acuerdos de los ayuntamientos no sean violatorios de la Constitución local.
La reforma estipula que la función judicial se regirá por los principios de honestidad, imparcialidad, independencia, legalidad, publicidad, rendición de cuentas y transparencia.
En el ejercicio de ésta, los órganos del Poder Judicial del Estado deberán garantizar que la justicia sea accesible, pronta, completa, gratuita, intercultural y con perspectiva de género.
Además, contempla que las actuaciones judiciales serán públicas, salvo las excepciones que prevea la ley. Instaura el concurso de oposición como método para la selección de jueces.