Por mayoría de votos, el Congreso de Puebla aprobó las reformas a la Ley del Notariado que propuso el gobernador Miguel Barbosa Huerta. 

En sesión ordinaria, 35 legisladores votaron a favor de la iniciativa, tres en contra y uno se abstuvo. 

En la discusión, la panista Mónica Rodríguez Della Vecchia dijo que votaría en contra de la reforma por tener tintes políticos. 

Por otra parte, la diputada Mónica Silva comentó que era urgente la aprobación de esta iniciativa, pues es a favor de la ciudadanía y de la función notarial. 

Recalcó, por ejemplo, que los notarios deberán estar presentes en sus sedes de trabajo, así como en caso de que se ausenten, habrá un notario suplente, en favor del mejor ejercicio de su función. 

Cabe señalar que con las reformas aprobadas quienes busquen ser notarios titulares, suplentes y auxiliares, deberán someterse a un concurso, con lo cual buscan eliminar que la entrega de estos nombramientos se dé con irregularidades. 

La propuesta contempla nuevos requisitos para otorgar la patente de persona titular de una notaría, son los siguientes:

-Acreditar los requisitos de calidad profesional, práctica y honorabilidad.

-Tener patente de aspirante o de Notario auxiliar registradas.

-Solicitar la inscripción al examen de oposición

-Obtener, según sea el caso, la o las calificaciones aprobatorias más altas en el examen de oposición respectivo

Además, estableció que deberá haber una notaría por cada 25 mil habitantes de la entidad. Asimismo, los notarios ya no podrán ejercer sus funciones fuera del distrito judicial de su adscripción. 

Lo anterior podría acabar con los fraudes que se cometen bajo artimañas como escriturar alguna propiedad en una localidad distinta a la del predio.  

Ninguno de ellos podrá ejercer sus funciones ni establecer oficinas fuera de los límites de éste”.

La iniciativa fue dictaminada el pasado 11 de octubre, donde además corrigieron los señalamientos que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre dos artículos de la misma ley. 

Se trató del artículo 201, que establece que los notarios sólo podrán ser suspendidos en el ejercicio de sus funciones por encontrarse bajo los efectos del auto de vinculación, pero la Corte determinó que es violatorio de la presunción de inocencia. 

Otro artículo que fue señalado por la Corte fue el 55 fracción I, donde dicta que para solicitar el examen para ser aspirante a persona titular de la notaría la persona debe “Ser mexicana por nacimiento, tener veinticinco años cumplidos y no más de sesenta al momento de solicitar el examen”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que la entidad federativa no tiene facultades para imponer tal condicionante.

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.