Ya despenalizaron el aborto en Puebla ¿Qué sigue?
Este 15 de julio el Congreso de Puebla logró, por mayoría de votos, la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación. Lo hicieron en la última Sesión Ordinaria de esta LXI Legislatura con la oposición de la mayoría de los legisladores del PAN, uno del PSI y una de Morena.
El cabildo para que esto sucediera lleva años, desde el inicio de la legislatura y fue impulsado principalmente por la diputada Mónica Silva, feminista y abogada.
Aunque es un gran triunfo, no se logró el consenso para que a la par se aprobara la reglamentación de este derecho y me refiero a las imperantes reformas a la Ley de Salud.
Silva explicó que no podrían realizarse porque está en proceso de cambio el sistema de salud que ahora será parte del IMSS Bienestar. Así que entendemos que habrá que esperar para la regulación.
Pero, ¿por qué es importante?
Porque solo así se garantiza y se establece el procedimiento para la interrupción del embarazo de forma segura, gratuita y sin violencia en contra de las mujeres que así lo decidan.
Para tener una idea podemos citar la iniciativa que se quedó pendiente y que presentó la bancada del PT.
En ella vemos que lo primero será que “la salud sexual y reproductiva, y la interrupción legal del embarazo” sea considerada parte de los servicios básicos de salud. Así debe ser modificado el artículo 29.
Esta reforma de avanzada propone además todo un capítulo completo sobre la “Interrupción legal del embarazo”.
¿Qué es? ¿Cuándo se practica? Se establece que es prioridad. También que basta con que “la persona gestante lo solicite” para que el servicio sea brindado.
Para ello, las instituciones de salud pondrán a disposición de las mujeres y personas gestantes servicios de consejería médica, psicológica y social con información veraz, oportuna, libre de estereotipos y laica, de las opciones con que cuentan las mujeres y su derecho a decidir”.
También se establece un plazo no mayor a cinco días, para que se practique el aborto, partir de la solicitud. Regula la tan polémica objeción de conciencia.
Es obligación de las instituciones públicas de salud del Gobierno garantizar la permanente disponibilidad de personal médico y de enfermería no objetor de conciencia, de manera suficiente y convenientemente distribuida en función del territorio, horarios de atención y la demanda, de forma que se garantice la oportuna prestación de los servicios de interrupción legal del embarazo a los que tiene derecho la población usuaria”.
La reforma a la Ley de Salud también contempla que las mujeres deben gozar de un servicio de consejería médica, posicológica y social”.
Como pueden leer, la reforma a la Ley de Salud no se puede soslayar, claro que hay que festejar a lo grande la despenalización, pero aún queda esta reforma pendiente para garantizar que las mujeres tengan un trato correcto y digno si deciden interrumpir su embarazo.
La lucha sigue, en esta Legislatura no queda ya más tiempo, pero vienen nuevos diputados a integrar el Congreso local a partir del 15 de septiembre.
Veremos las prioridades de sus agendas.