La Cámara de Diputados aprobó una reforma para brindar seguridad social obligatoria a trabajadoras del hogar.
De acuerdo con El Economista, el pasado jueves 27 de octubre se sometió a votación la reforma a favor de los derechos de las mujeres que realizan labores domésticas con remuneración.
Con 486 votos a favor y una abstención, los legisladores dieron luz verde al paquete de reformas a la Ley del Seguro Social (LSS).
De esta manera, los jefes que soliciten estos servicios, deberán inscribir a las trabajadoras al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Durante la sesión en el Pleno, la presidenta en turno de la Mesa Directiva, la diputada Karla Yuritzi Almazán (Morena) anunció la aprobación.
Sin embargo, de manera sorpresiva fue interrumpida por Marcelina Bautista, fundadora y directora del Centro Nacional para la Capacitación Profesional y Liderazgo de las Empleadas del Hogar (Caceh).
La activista no pudo contener la alegría y gritó: “¡Justicia, justicia! ¡Lo logramos: seguridad social para trabajadoras del hogar!” junto a sus compañeras.
Como parte del proceso legislativo, la reforma pasó al Ejecutivo para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Qué contempla la reforma para brindar seguridad social obligatoria a trabajadoras del hogar?
La reforma será adicionada al capítulo XI a la LSS. El artículo 239-A reconoce a las trabajadoras del hogar en sus tres diferentes modalidades laborales. Aquellas que laboran de entrada por salida, de planta o de quedada y empleo en diferentes domicilios.
Mientras que en el artículo 239-C se exige al empleador la obligación de realizar el trámite de afiliación. Deberá aportar su cuota patronal con base en el cálculo que se puede obtener en la página del IMSS.
¿Cómo beneficia la reforma a las trabajadoras del hogar?
Una vez que entre en vigor, la reforma brindará servicios de seguridad social a las empleadas. Podrán acceder a consultas médicas en clínicas del IMSS, recibir medicamento gratuito y los cinco seguros que proporciona la Ley del Seguro Social.
Entre ellos, el seguro de enfermedad y maternidad, seguro de riesgos de trabajo que incluye atención médica, fármacos, hospitalización, rehabilitación, prótesis e incapacidad pagada.
También el seguro de invalidez y vida, que les garantiza una pensión para la trabajadora en caso de que no pueda seguir laborando. En caso de fallecer, podrá dejar una pensión a su familia.
Se suma el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como el de guarderías y prestaciones sociales.