El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le dio un revés al PAN al darle la razón al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que exoneró por actos anticipados de campaña a Alejandro Armenta Mier.

Este miércoles, la Sala Superior, máxima autoridad electoral, resolvió tres juicios interpuestos por el PAN contra el hoy gobernador electo, de Morena. Pese a que cada caso fue resuelto por tres magistrados distintos, el PAN no acreditó los actos denunciados y los juicios electorales no procedieron.

En el expediente SUP-JE-210/2024, a cargo del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el PAN buscó controvertir la resolución del TEEP. En ella, declaró la inexistencia de actos anticipados de campaña contra Armenta Mier, en ese entonces precandidato a la gubernatura.

El partido acusó tales anomalías por una declaración a medios de comunicación, pero el tribunal federal consideró que sólo respondió a preguntas de la prensa, “en su carácter de senador”. Además, el PAN no dijo en qué frases o parte de la intervención hizo llamados expresos al voto o sus equivalentes funcionales.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón resolvió el juicio SUP-JE-223/2024 contra otra resolución del tribunal local por actos anticipados de campaña. El motivo fue la difusión de un periódico impreso llamado “Desde la trinchera, el periódico de la transformación en Puebla”.

Se propone confirmar la sentencia impugnada porque los agravios del PAN resultan infundados e inoperantes, ya que coincide con la conclusión del tribunal local”, señaló.

Lo anterior, porque en las frases de la publicación que el partido señaló no se solicita de manera expresa el voto a favor de alguna candidatura o en contra de algún aspirante. En cambio, el contenido de los titulares “está amparada en la libertad de expresión y auténtica labor periodística”.

Tribunal federal ratifica sentencias del TEEP a favor de Armenta y descarta uso de imagen del presidente

En tanto, la magistrada presidenta Mónica Soto Fregoso resolvió el juicio SUP-JE-207/2024, interpuesto también por el blanquiazul. El partido denunció la utilización y aprovechamiento de la imagen del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Las acusaciones del PAN fueron inoperantes e infundadas, pues el TEEP sí fue exhaustivo y fundó la resolución. Además, la magistrada consideró que los dichos del PAN contra el tribunal local fueron genéricos.

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.