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CNDH impugna un artículo de la Ley BUAP

CNDH impugna un artículo de la Ley BUAP

Aspectos del edificio de rectoría de la BUAP.

La CNDH impugnó el artículo 18, fracción XI, de la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), que prohíbe nombrar al frente de la rectoría a una persona con antecedentes penales.

De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) impugnó el artículo 18, fracción XI de la Ley BUAP al considerar que trasgrede los derechos de:

Por lo anterior, la CNDH promovió la acción de inconstitucionalidad 159/2023 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El artículo 18, fracción XI, de la Ley de mérito establece el requisito de no haber sido condenado por la comisión de delito doloso para acceder a la titularidad de la Rectoría de la BUAP.

El órgano autónomo indicó que:

Dicha exigencia transgrede los derechos de igualdad y no discriminación, así como el derecho de acceso a un cargo público, al excluir de manera injustificada a determinadas personas para ocupar el mencionado cargo público, pues quienes han sido sancionadas en algún momento de su vida por la comisión de un delito, si ya cumplieron con la pena que les fue impuesta y la conducta ilícita cometida no guarda relación estrecha con las atribuciones a desempeñar, deben tener la posibilidad de ocupar empleos públicos en igualdad de circunstancias que las demás personas”.

En junio de 2023, el Congreso de Puebla publicó en el Periódico Oficial del Estado (POE) el decreto por el que reforma de manera integral la Ley de la BUAP.

La reforma de la máxima casa de estudios aprobada por el Congreso local implicó la adición de los artículos del 26 al 29.  

Son de cómo será el ingreso del personal académico. También, que las organizaciones culturales, sociales y políticas del personal académico, alumnado y personal no académico, serán independientes de la universidad y sus integrantes. 

Se indica que la contratación o remoción del personal académico y personal no académico corresponderá a la persona titular de la rectoría. Esto, conforme a los procedimientos establecidos por la Ley Federal del Trabajo. 

También se eliminó el requisito de tener 65 años como la edad máxima para ocupar el cargo de rector o rectora, por lo que Lilia Cedillo podría reelegirse, ya que actualmente tiene 64 años.

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