El gobierno de Puebla emitió el reglamento para la colocación y regularización de espectaculares en Puebla, mismo que busca poner en orden anuncios en diferentes vialidades.

En el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el Ejecutivo compartió el documento que completa la Ley de Atención y Protección de Contaminación Visual y Auditiva de la entidad.

Desde 2014 no recibía una modificación el reglamento, situación que permitió que las autoridades y privados proliferaran con áreas públicas y verdes.

La autoridad estatal podrá iniciar procesos administrativos y penales basados en los lineamientos marcados por el gobierno, a fin de mantener una regulación en estas estructuras. 

El pasado 26 de abril, en entrevista para Ambas Manos, la secretaria de Medio Ambiente, Beatriz Manrique explicó que este reglamento serviría para constatar todos los permisos de anuncios.

¿Que incluye el reglamento para espectaculares en Puebla?

El reglamento establece de manera clara las atribuciones tanto del estado, como de los municipios para revisar el cumplimiento y legalidad de los permisos.

Ambos pueden solicitar apoyo especial para dar revisión a que las estructuras no se encuentren fuera de la norma y en su caso, hacer las gestiones para el retiro de anuncios auto soportados.

Además se deberá conformar la Comisión Interinstitucional de Contaminación Visual para validar o no solicitudes para la instalación o regularización de estas estructuras.

En esta se encontrarán los titulares de:

  • La Secretaría de Medio Ambiente
  • La Dirección General de Contaminación Visual
  • La Consejería Jurídica
  • La Secretaría de Finanzas
  • La Secretaría de la Función Pública 
  • La Coordinación Estatal de Protección Civil

Este grupo podrá autorizar solicitudes, validar la ubicación de la colocación de las estructuras, hacer los registros necesarios y otorgar o no permisos.

¿Qué anuncios están permitidos? 

Para que la comisión interinstitucional apruebe la colocación de una estructura deberá hacerse una solicitud formal y el principal requisito es que no debe invadir áreas peatonales.

También no deberán estar sobre postes, semáforos, árboles, vegetación, informativa, turística, puentes peatonales y vehiculares.

En el caso de vehículos con publicidad, la unidad debe estar al corriente con sus obligaciones fiscales y pagos de contribuciones estatales.

Los permisos en caso de autorizarse podrán tener una vigencia máxima de un año y se podrá refrendar hasta cuatro veces.

Para la solicitud deberán presentar lo siguiente:

  • Solicitud por escrito de la construcción, fijación o instalación 
  • Constancia de situación fiscal 
  • Documento que acredite personalidad jurídica 
  • Copia certificada por notaria de una propiedad legal 
  • Representación gráfica de las características del anuncio 
  • Proyecto arquitectónico, estructural y de instalación 
  • Memoria descriptiva de los elementos de la estructura  
  • Croquis de ubicación del inmueble 
  • Características del anuncio 
  • Escrito bajo protesta de decir verdad 

Reglamento también abarca vehículos de publicidad 

El reglamento también incluye una normativa para vehículos de publicidad, el cual conlleva una serie de documentación, además de dejar en claro la propiedad del vehículo.

Se debe presentar ante la secretaria y la autoridad municipal qué ruta tendrá y en qué zonas circulará para que no incurra en una ilegalidad.

El vehículo deberá contar con una póliza de seguro y la vigencia del permiso será determinado por la autoridad estatal de acuerdo con la solicitud.

Buen fin Viaja a CDMX
Iván Reyes Sánchez

Iván Reyes Sánchez

Licenciado en Ciencias de la Comunicación por la BUAP; reportero desde 2019 en las fuentes de gobierno, política, ayuntamientos, educativa, iniciativa privada y deportes en distintos medios de Puebla.