Estas vacaciones, es importante informarte sobre los viajes que realizarás, por eso, te compartimos tus derechos al viajar como pasajero en avión.
La ley de Aviación Civil hace obligatorio el cumplimiento de los derechos de los pasajeros. Para que las aerolíneas, su personal y las agencias de viajes que están a cargo de las ventas de pasajes, reservas y atención en mostradores cumplan de manera íntegra.
De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) las aerolíneas están sujetas a proporcionar un servicio de calidad y eficiente a todos sus pasajeros.
Checa tus derechos al viajar en avión:
Entre los derechos a los pasajeros se encuentran los temas con respecto a información y publicidad, precios y tarifas, servicios adicionales, devolución del precio del boleto. Retrasos o demoras, sobreventa y viajes redondos o con conexión.
En general, los pasajeros tienen derecho a un trato digno, contar con la información necesaria por parte de la aerolínea. Incluyendo los puntos anteriores.
La información y publicidad proporcionada debe ser veraz, comprobable, clara a través de sitios web, puntos de atención, mostradores, centrales de reserva, módulos de atención al pasajero y en cada asiento de la aeronave.
Profeco señala que la aerolínea debe dar a conocer los términos y condiciones aplicables al momento de comprar el boleto.
Asimismo, el costo del boleto debe incluir tarifas, comisiones, impuestos y cualquier otro cargo cubierto. Además de respetar en todo momento tarifas y restricciones, el monto total a pagar debe ser informado de forma clara.
La aerolínea debe dar a conocer los términos y condiciones aplicables al momento de comprar el boleto.
Si el pasajero decide no realizar el viaje, puede solicitar a la aerolínea la devolución del precio del boleto. En un lapso de 24 horas siguientes a la hora de su compra.
Transcurrido ese plazo, la aerolínea puede determinar las condiciones de la cancelación, mismas que deberán ser en beneficio del pasajero. Apegados a los derechos contenidos en la Ley de Aviación Civil y de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
En el caso de retraso o demora, las causas o razones deben ser informadas por medios electrónicos o físicos. Así como en el área de abordaje y en los módulos de atención al pasajero.
Si el retraso o demora es atribuible a la aerolínea, esta debe compensar al pasajero, como mínimo, de acuerdo con lo siguiente:
a) Superior a 1 e inferior a 4 horas: proporcionar como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos y bebidas.
b) Mayor a 2 pero menor a 4 horas: en caso de descuento, el mismo no debe ser menor al 7.5% del precio del boleto.
Cuando se hayan expedido boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave, el pasajero tiene la opción de elegir los beneficios que aplican.
La aerolínea puede solicitar voluntarios que renuncien al embarque a cambio de beneficios que no deben ser inferiores a los que aplican para la cancelación.
Excepto cuando el transporte lo hagan a título gratuito, con tarifas reducidas no públicas o se presente fuera de tiempo para documentar el embarque.
Tienen preferencia para abordar personas con discapacidad, adultos mayores, menores no acompañados y mujeres embarazadas.
La aerolínea no debe negar el embarque a un vuelo por no haber utilizado alguno de los segmentos del trayecto total.
De manera que el pasajero pueda utilizar cualquier segmento, siempre y cuando informe a la aerolínea en el lapso de 24 horas a partir de la hora programada para el segmento no utilizado, que hará uso de los subsecuentes.
El pasajero puede transportar como mínimo y sin cargo alguno 15 o 25 kg de equipaje, según la capacidad de la aeronave. Acatando en todo momento las indicaciones de la aerolínea en cuanto al número de piezas con restricciones de volumen.
Así como dos piezas de equipaje de mano que en conjunto no excedan 10 kg, cuyas dimensiones no sean mayores a 55 cm de largo, 40 cm de ancho y 25 cm de alto.
Siempre que su naturaleza o dimensiones, no afecten la seguridad y la comodidad de los pasajeros. En caso de exceso, de acuerdo con la capacidad disponible, la aerolínea tendrá derecho a solicitar pago adicional.
Cuando el pasajero decida viajar sin equipaje, la aerolínea podrá ofrecer en su beneficio tarifas preferenciales.
Por destrucción o avería del equipaje de mano, el pasajero debe ser indemnizado con un monto de hasta 80 UMA. Y por pérdida o avería de equipaje facturado con un monto de 150 UMA.