La diputada Mónica Silva Ruiz del Partido del Trabajo (PT) propuso al Congreso de Puebla castigar hasta con dos años de prisión la omisión de auxilio en Puebla. 

Se trata de una iniciativa de reforma a los artículos 350, 351, 352, 353 y 354 del Código Penal.

Esta iniciativa busca aumentar de uno a cuatro meses de cárcel a uno a seis meses para quien omita prestar auxilio a un menor abandonado. 

También, a quien no auxilie a una persona amenazada o en “peligro manifiesto”. Esto, cuando pudiere hacerlo sin ponerse en riesgo ni arriesgar a otros, así como a quien no dé inmediato aviso a la autoridad. 

La multa económica sería de una a diez Unidades de Medida y Actualización (UMAs), es decir, de 103.7 a mil 37 pesos.

La multa sería además para quienes después de lesionar a una persona no le presten auxilio o no soliciten la asistencia que requiere. 

Lo anterior, en caso de que pudieran hacerlo. El castigo sería de un mes a dos años de prisión, así como las demás sanciones por el delito cometido. 

Si la víctima fuere menor de edad, persona con discapacidad, adulto mayor de setenta años o mujer embarazada, la sanción se aumentará en dos terceras partes”.

Es decir, si alguien causa una lesión a una persona menor de edad, embarazada, discapacitada o adulta mayor y no le brinda auxilio, podría pasar en la cárcel hasta dos años y medio. 

Plantean hasta dos años y medio de cárcel por omisión de auxilio en Puebla; también castigará el abandono de personas

Con la modificación propuesta por Silva Ruiz, se castigaría a quien abandone a una persona, incapaz de valerse por sí misma.

La nueva sanción para estos casos sería de dos meses a seis años de prisión y una multa de cinco a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), es decir, de 518.7 pesos a 5 mil 187 pesos. 

También aumentaría la pena para quien abandone a un menor de siete años, en una institución de asistencia o lo entregue a cualquier otra persona. 

Lo anterior, “sin la anuencia de quien se lo confió o de la autoridad”, el nuevo castigo sería de uno a cuatro meses  de prisión. 

Además, una multa de cinco a cincuenta Unidades de Medida y Actualización (UMAs), que al 2023 equivalen a 518.7 pesos y 5 mil 187 pesos. 

Si en los supuestos previstos por los artículos que forman esta sección, se causare otro daño al ofendido, se impondrá además, al autor del delito o delitos cometidos, la sanción que corresponda a ese daño”, plantea la reforma del artículo 352.

La iniciativa fue turnada a la comisión de Administración y Procuración de Justicia para su estudio y dictaminación. 

En caso de ser aprobada por el Pleno del Congreso, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE)

Buen fin Viaja a CDMX
Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.