En 2016, María Elena D.E contrató al abogado Ariel Ángel Acosta Muñoz para un juicio testamentario. El litigante cobró por sus servicios 200 mil pesos, mismos que su clienta liquidó; sin embargo, luego la denunció por supuestamente desaparecer el pagaré sin haberle entregado el dinero y desde hace un mes la señora duerme en San Miguel.
Manuel González, actual defensor de María Elena, explicó que su clienta cuenta con correos electrónicos y algunos recibos que demuestran que ella pagó los 200 mil pesos, mientras que Acosta Muñoz solo presentó a dos testigos que trabajan en su mismo despacho jurídico y la copia de dos pedazos del dichoso pagaré. En dos ocasiones este documento ya fue rechazado como dato de prueba.
Ariel Ángel denunció a María Elena en junio de 2016. El Ministerio Público (MP) de la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) integró la carpeta de investigación con los datos de prueba que presentó el abogado y la consignó al juez penal. El proceso 32/2017 quedó en manos del Juzgado Cuarto Penal y ahí se giró una orden de aprehensión por el delito de robo en su modalidad de restricción de título de crédito.
Dos jueces negaron la orden de aprehensión por falta de pruebas
Cuando María Elena se enteró que existía una orden de aprehensión en su contra se amparó para no ser detenida. El juez Juan Marcelino Romero de Jesús otorgó dicho amparo y dejó sin efecto el mandamiento judicial. Fue así como en febrero de 2019 la acusada se presentó a declarar por voluntad propia.
En ese momento, el juez dictó auto de formal prisión en su contra, pero luego de interponer un segundo amparo un juez federal ordenó no considerar como prueba la hoja que contenía las copias con pedazos del pagaré. De esa forma, María Elena fue absuelta.
Sin embargo, no conforme con esta resolución, Ariel Ángel Acosta Muñoz solicitó regresar la averiguación previa al Ministerio Público para seguir integrándola. Pese a esto, nuevamente se consideró que no existían elementos suficientes para ejercer acción penal.
El litigante se amparó y, en la resolución, el juez federal le pidió a la Fiscalía “analizar las pruebas y seguir investigando”. La averiguación previa llegó, por segunda ocasión, al Juzgado Cuarto de lo Penal, pero el juez Amadeo Fuentes Añorve negó la orden de aprehensión en contra de María Elena.
En su afán por ver a su clienta tras las rejas, Acosta Muñoz llevó el caso ante la Primera Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia y, sin ningún fundamento, ordenaron a Amadeo Fuentes Añorve girar la orden de aprehensión.
“El abogado presentó su denuncia, dos testigos que trabajan con él en su despacho y exhibe un documento con copias de dos pedazos que, dice, eran el pagaré (…) Fiscalía solicitó un dictamen en materia pericial para ver si existía un pagaré y el perito dijo que no podía hacerlo basándose en copias de dos pedazos”, explicó Manuel González.
Abogado la amenazó en San Miguel
María Elena lleva un mes recluida en el Centro de Reinserción Social (Cereso) de San Miguel, en la ciudad de Puebla. Es viuda y hace un año perdió a una de sus hijas por covid-19. Ahora solo mantiene contacto con su abogado y su hijo.
Su estado de salud es delicado porque Ariel Ángel Acosta Muñoz ingresó al penal y amenazó con dejarla ahí sino le pagaba los 200 mil pesos. Su abogado no se explica cómo logró entrar porque los defensores deben presentar el nombramiento con sellos del Poder Judicial.
“Se desmayó y la metieron al servicio médico”, dijo.
Su defensa ya promovió un amparo en contra del auto de formal prisión, pero debido a que el proceso es tardado busca modificar la medida cautelar para que siga el proceso en libertad.