La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) dejó firme la sentencia contra medios de comunicación que ejercieron violencia política de género contra Claudia Rivera Vivanco.
Lo anterior fue aprobado durante la sesión pública de la Sala Superior de este tribunal, por lo que los comunicadores permanecerán cuatro meses en los padrones de violentadores.
La Sala Superior determinó la improcedencia de los recursos de reconsideración de los comunicadores, se trata de Gerardo Ruiz Herrera, director del medio El Incorrecto. También interpusieron este recurso Elvia Cruz López e Iván Tirzo Santos de MTP Noticias.
La razón del desechamiento es que no se actualizó “el requisito especial de procedencia”, cuatro magistrados de la Sala Superior votaron a favor del desechamiento.
Sin embargo, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso estuvo en contra, al considerar que se debía analizar el caso de fondo, al tratarse de violencia política de género.
“Considero que deberíamos analizarlo en el fondo, lo anterior porque como lo refería entonces, las publicaciones denunciadas señalaban que como la entonces candidata que buscaba la reelección cambió su imagen, utilizó cierto tipo de vestimenta”, comentó.
Dijo que era importante analizar este caso para definir algunos supuestos sobre la violencia estética, misma que sufrió Claudia Rivera.
Sin embargo, se aprobó por mayoría de votos el desechamiento de los recursos de reconsideración SUP-REC-306/2023, SUP-REC-308/2023, SUP-REC-309/2023 y SUP-REC-310/2023.
Declaran improcedentes recursos contra las sentencias a comunicadores, ¿por qué cometieron violencia política contra Claudia Rivera?
Previo a la determinación de la Sala Superior, la Sala Regional de la Ciudad de México dictó la culpabilidad de los comunicadores.
Dicha sala consideró que los textos de los medios antes citados criticaron el cambio físico de Rivera Vivanco, cuando buscó la reelección en 2021.
Consideraron que fue objeto de crítica la manera de vestirse, color de piel, cabello y peso, ello constituye violencia estética, también fue víctima de violencia simbólica.
Por ello, ordenó la inscripción por cuatro meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del INE. Así como en el padrón del Instituto Electoral del Estado (IEE).
Todo eso son estereotipos que se le están imponiendo a ella, empezaron a criticarla durante las campañas los y las periodistas que hicieron estas publicaciones (la criticaron) por su apariencia física, eso para mí está totalmente fuera del debate sano dentro de una democracia”, dijo la magistrada María Guadalupe Silva Rojas.