El Congreso de Puebla prohibió a los cadeneros en antros y bares, así como la venta de bebidas alcohólicas después de las 2 de la mañana. Con 31 votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones, aprobaron estas reformas para evitar los incidentes viales relacionados con el consumo excesivo de alcohol.

Modificaron la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas, por la cual se establece que empresas debidamente registradas deberán hacerse cargo de la seguridad. Es decir, no podrá haber “cadeneros” o alguna otra persona que colabore en esta labor.

Queda estrictamente prohibida la venta, enajenación, o suministro de bebidas alcohólicas en cualquiera de los establecimientos que regula esta Ley, después de las 02:00 horas”, ordena la reforma.

Esta medida contempla formalmente a los salones de fiesta, centros de convenciones que se utilizan para eventos sociales, estadios y arenas de box. Los recintos para lucha libre también deberán acatarlo, así como plazas de toros, lienzos charros, palenques, teatros, carpas, cines y cinematógrafos.

Los bares y antros estarán obligados a contar con un circuito cerrado de cámaras en el interior y exterior, incluso, deberán tener un respaldo de la grabación por al menos 30 días. Con ello, deberán permitir el acceso a estos materiales a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y Fiscalía General del Estado (FGE), en caso de ser necesario.

“El incumplimiento de esta disposición tendrá como consecuencia la revocación o cancelación de las licencias o permisos provisionales respectivos”, señala el dictamen.

Con la modificación a la Ley de Seguridad Privada del Estado, las empresas deberán presentar a la SSP un informe sobre las personas necesarias para cuidar cada establecimiento. Esto, deberá suceder antes de que se firme el contrato.

Castigarán con cárcel en Puebla a quien venda alcohol después de las 2 de la mañana

La reforma a la ley antes mencionada establece que castigarán con seis meses a seis años de prisión a quien “venda, distribuya y suministre bebidas alcohólicas sin la licencia o el permiso, fuera de los horarios”.

Además, habrá una multa de 100 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMAS), que equivalen de 10 mil 857 pesos a 108 mil 570 pesos. Dichos castigos aumentarán en una mitad si se suministra o vende alcohol a menores de edad.

El diputado Eduardo Alcántara, presidente de una de las comisiones que dictaminó esta reforma, dijo que con esto se obliga a los ayuntamientos a acatar la medida. Añadió que la prohibición de cadeneros busca eliminar las golpizas que se han registrado en bares de la ciudad, propinadas por el mismo personal de los centros nocturnos.

Ya se puede remitir al Ministerio Público y pueden acabar en la cárcel las personas que están vendiendo el alcohol, independientemente de la sanción administrativa que puedan tener”.

Por su parte, el presidente del Congreso, Edgar Garmendia de los Santos, indicó que buscan reducir los accidentes viales que son provocados por el exceso de alcohol y a altas horas de la noche.

Van a tener cámaras que van a tener que resguardar la información por lo menos 30 días, para que sí alguna autoridad se los cité, tengan que darlo”.

Compartió que los municipios tendrán 90 días para que una, vez que se emita la ley y se publique, adapten su ley.

Este 27 de junio, el Congreso aprobó nuevas reglas para la venta alcohol en Puebla que serán de lo más polémicas, pero necesarias.
Infografía sobre las nuevas normas para vender alcohol. credit: Ambas Manos
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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.